El TJUE permite la existencia de un plazo de prescripción de 5 años para la reclamación de gastos hipotecarios sin perjuicio de que la imprescriptibilidad de la acción de nulidad de las cláusulas abusivas que los prevén.
Gastos hipotecarios nulos: el TJUE limita a 5 años el plazo para reclamarlos pese a la nulidad imprescriptible de las cláusulas abusivas que los contienen
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